jueves, 22 de abril de 2010

DEFINAMOS EL CONCEPTO DE “ENTIDAD PÚBLICA”


En el marco del proceso de Modernización del Estado, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros-PCM, ha venido realizando reuniones de trabajo para la definición de “Entidad Pública” con representantes de la Superintendencia de Administración Tributaria, el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, la Contraloría General de la República, el Ministerio de la Producción, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Contaduría Pública de la Nación, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, la Superintendencia de Bienes Nacionales, FONAFE, Ministerio de Energía y Minas y la Presidencia del Consejo de Ministros.
En dichas reuniones, que incluye la reunión realizada el 21 de abril último, estableciendo aproximaciones a una propuesta única de definición de “Entidad Pública”, la misma que ahora ponemos a su disposición para emprender la última etapa a través de un debate ampliado.

En este sentido el concepto con el que damos inicio a este debate es:

Organización del Estado Peruano, creada por norma expresa, que ejerce función pública dentro del marco de sus competencias, mediante la administración de recursos públicos, para contribuir a la satisfacción de las necesidades y expectativas de la sociedad, sujeta al control, fiscalización y rendición de cuentas.

El debate que se apertura el día de hoy, se mantendrá hasta el dia jueves 29 de abril del presente año, por lo que agradeceremos la participación activa, en este último espacio que ponemos a su disposición con la finalidad de enriquecer la definición que estamos buscando.